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Artículo 19. Los cuerpos de policías estatales y municipales, deberán hacer pública en internet, adicional a la contenida en el artículo 13 de este ordenamiento, la información siguiente: 
I. Mecanismos

Los mecanismos para inconformarse con un reporte de supervisión;

II. informe Anual de policia

Los criterios y un informe anual de los indicadores de desempeño policial; 

III. Acceso para Quejas

Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como el plazo para su interposición; y 

IV. Convocatorias de ascensos

Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de decisión y criterios de separación del cargo. 

Gobierno Municipal De Gral. Simon Bolivar, Administración 2013-2016

Alvaro Obregón S/N Domicilio Conocido 35953, General SimÓn BolÍvar, México

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